El 20 de diciembre del 2021 el Ministerio de Hacienda emitió un comunicado indicando que a partir del 1° de enero del 2022 estará disponible un formulario simplificado para la declaración del Impuesto sobre la Renta de las sociedades inactivas.

Dicho trámite se realiza virtualmente por medio de la plataforma llamada Administración Tributaria Virtual (ATV), localizable en el sitio web del Ministerio de Hacienda. El documento disponible para la realización de esta declaración es el Formulario D-101 (Declaración Simplificada del Impuesto Sobre la Renta), con el cual se declarará información de los periodos fiscales de los años 2020 y 2021.

El fundamento legal para la presente gestión es lo indicado por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley N°9635) en su artículo 2 inciso a). Esta normativa obliga a todas las personas jurídicas a cumplir con la declaración del Impuesto Sobre la Renta, indistintamente de si realizan actividades lucrativas o no.

Según lo expuesto anteriormente, las sociedades inactivas se van a tomar como contribuyentes de impuestos y esto genera que se les asigne el código 960113, mismo que tiene como fin identificar a las sociedades que no realizan actividades lucrativas en Costa Rica. Ahora estas sociedades no lucrativas, que se deben considerar como contribuyentes, deben cumplir con presentar el mencionado Formulario D-101.

Por sociedades inactivas se entienden aquellas personas jurídicas que no realizan actividades que generan actividad económica a nivel nacional, es decir, no producen utilidades ni tienen ingresos. Estas sociedades únicamente tienen el propósito de ser dueñas de algún activo, ya sea un vehículo, una casa, acciones u otros tipos de bienes.

Previo a realizar esta declaración, las personas interesadas pueden consultar la situación tributaria de las sociedades para saber si las mismas se encuentran en orden. Esta consulta puede hacerse en el sitio oficial del Ministerio de Hacienda, en la sección de Consulta de Situación Tributaria.

Cabe destacar el plazo que brindaron las autoridades tributarias para presentar esta declaración. Según el comunicado brindado por Hacienda, las sociedades inactivas tienen un plazo de dos meses y quince días para cumplir con esta obligación, el cual comenzó a computarse desde el 1° de enero del 2022 y vence el 15 de marzo del presente año.

Finalmente, es importante tomar en cuenta que, para realizar la presente gestión, la información respecto a los representantes legales y el domicilio social de las sociedades inactivas debe encontrarse actualizada. Esto significa que esa información pueda ser verificada por la Administración Tributaria y que la misma sea real y así proceder con presentar la Declaración Simplificada del Impuesto Sobre la Renta para los ya mencionados periodos fiscales de los años 2021 y 2021.

Un aspecto importante a tener en consideración, es si la sociedad cuenta con activos o no inscritos o bien si estos solo se encuentran en sus libros contables. Este es el momento en que la actualización del valor de los activos de la sociedad tiene una alta importancia. Si bien es cierto que la declaración una persona con conocimientos contables básicos puede realizar la declaración, es preferible que siempre sea asistida por un profesional.

Este tipo de declaración no se tiene que confundir con las otras obligaciones tributarias como sería el pago del impuesto de las personas jurídicas, la declaración de bienes inmuebles o bien la declaración del impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda (ISO) y los impuestos municipales; a razón de ejemplo, una persona que tenga una casa de habitación inscrita en una sociedad inactiva, le correspondería cancelar los siguientes impuestos: a) impuestos territoriales. b) impuestos municipales. c) impuestos de las personas jurídicas y d) en caso de que su valor se incluya dentro de los rubros que establece la ley, tendría que cancelar el impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda (ISO).

En caso de que usted tenga una sociedad inactiva ya sea que tenga bienes inscritos o no, no dude en comunicarse con nosotros. Nuestro aliado comercial AG BPO SERVICES, le puede ayudar a realizar la declaración.