Calculadora de Aguinaldo en Costa Rica: 2025

Aguinaldo en Costa Rica: Guía Legal 2025 para Empleadores y Trabajadores


En breve: En Costa Rica el aguinaldo es un pago obligatorio de fin de año equivalente al promedio mensual devengado del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso (suma de salarios ordinarios + partidas extraordinarias de naturaleza salarial ÷ 12). Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. No se aplican deducciones salvo pensión alimentaria ordenada judicialmente.

Como equipo laboral de AG Legal, asesoramos a empresas y personas trabajadoras sobre el aguinaldo: base de cálculo, quién tiene derecho, qué rubros se incluyen, plazos y manejo de casos proporcionales. A continuación verás una lista de verificación práctica y recursos oficiales del MTSS.

Autor: AG Legal • Revisión: Equipo Laboral y de Empleo • Actualizado: 2025-10-13

¿Qué es el aguinaldo?

Es un salario de ley que todas las personas trabajadoras en Costa Rica reciben a fin de año. Conforme a la normativa y guías del MTSS, corresponde al promedio mensual de lo efectivamente devengado en la ventana legal de cálculo y se paga cada diciembre.

¿Quiénes tienen derecho?

  • Toda persona trabajadora con al menos un mes laborado adquiere el derecho de forma proporcional.
  • Aplica sin importar la forma de pago (mensual, jornal, tiempo parcial, etc.).
  • Incluye trabajadoras domésticas, PYMES, ONG: todos los empleadores deben pagarlo.

¿Cómo se calcula?

Periodo legal: Suma de todas las partidas de naturaleza salarial devengadas del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso; divide el total entre 12. Se incluyen salarios ordinarios y rubros extraordinarios de naturaleza salarial (p. ej., horas extra, comisiones, bonificaciones salariales). Se excluyen reintegros de gastos y partidas no salariales.

Fórmula: (Total devengado de naturaleza salarial del 1 dic al 30 nov) ÷ 12
Tip: Usa la calculadora oficial del MTSS para estimar tu aguinaldo. Abrir calculadora del MTSS.

Calculadora de aguinaldo (gratis)

Ingresa tus montos de naturaleza salarial dentro de la ventana legal (1 de diciembre – 30 de noviembre). Si trabajaste menos meses, deja en 0 los meses sin laborar: el sistema suma lo efectivamente devengado y divide entre 12, según la regla del MTSS.

Incluye salario base, horas extra, comisiones y bonificaciones de naturaleza salarial. Excluye reembolsos/no salariales.

Total devengado (salarial)
₡0,00
Aguinaldo estimado (total ÷ 12)
₡0,00

Plazo de pago y deducciones

  • Plazo: Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre.
  • Deducciones: No se aplican retenciones regulares ni cargas al aguinaldo; solo procede la pensión alimentaria ordenada judicialmente.

Casos proporcionales y terminación

  • Si la persona laboró menos de 12 meses dentro del período legal, se paga el proporcional según tiempo efectivamente laborado: suma tus devengos salariales del periodo trabajado y divide entre 12.
  • En caso de terminación antes de diciembre, el empleador debe cancelar el aguinaldo proporcional acumulado a la fecha de salida.

Ejemplos de nómina (cálculo rápido)

  • Salario fijo mensual: Si el total devengado en la ventana legal fue ₡4.800.000 → aguinaldo = ₡4.800.000 ÷ 12 = ₡400.000.
  • Salario variable: Suma horas extra y comisiones de naturaleza salarial al total del periodo antes de dividir entre 12.

Si no se paga o se paga incompleto

La persona trabajadora puede denunciar ante el Ministerio de Trabajo (MTSS) en línea o presencialmente. Cada diciembre el MTSS realiza campañas y habilita formularios y horarios de atención.

Recursos oficiales y relacionados:

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la ventana legal de cálculo?
Del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso. Suma las partidas salariales y divide entre 12.
¿Cuál es la fecha límite de pago?
20 de diciembre de cada año.
¿Qué rubros se incluyen en la base?
Salario ordinario y partidas extraordinarias de naturaleza salarial (horas extra, comisiones y bonificaciones salariales). Se excluyen reembolsos y partidas no salariales.
¿Tiene retenciones o impuestos?
No se aplican retenciones regulares al aguinaldo; solo procede la deducción por pensión alimentaria cuando exista orden judicial.
Ingresé a mitad de año o salí antes de diciembre, ¿cómo calculo?
Suma tus devengos salariales del periodo trabajado y divide entre 12. En nuestra calculadora, deja en cero los meses no laborados.

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Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Confirma requisitos vigentes con tu abogado.

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