Aguinaldo en Costa Rica: Guía Legal 2025

Aguinaldo en Costa Rica: Guía Legal 2025 para Empleadores y Trabajadores


En breve: En Costa Rica el aguinaldo es un pago obligatorio de fin de año equivalente al promedio mensual devengado del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso (suma de salarios ordinarios + partidas extraordinarias de naturaleza salarial ÷ 12). Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre. No se aplican deducciones salvo pensión alimentaria ordenada judicialmente.

Como equipo laboral de AG Legal, asesoramos a empresas y personas trabajadoras sobre el aguinaldo: base de cálculo, quién tiene derecho, qué rubros se incluyen, plazos y manejo de casos proporcionales. A continuación verás una lista de verificación práctica y recursos oficiales del MTSS.

Autor: AG Legal • Revisión: Equipo Laboral y de Empleo • Actualizado: 2025-10-13

¿Qué es el aguinaldo?

Es un salario de ley que todas las personas trabajadoras en Costa Rica reciben a fin de año. Conforme a la normativa y guías del MTSS, corresponde al promedio mensual de lo efectivamente devengado en la ventana legal de cálculo y se paga cada diciembre.

¿Quiénes tienen derecho?

  • Toda persona trabajadora con al menos un mes laborado adquiere el derecho de forma proporcional.
  • Aplica sin importar la forma de pago (mensual, jornal, tiempo parcial, etc.).
  • Incluye trabajadoras domésticas, PYMES, ONG: todos los empleadores deben pagarlo.

¿Cómo se calcula?

Periodo legal: Suma de todas las partidas de naturaleza salarial devengadas del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso; divide el total entre 12. Se incluyen salarios ordinarios y rubros extraordinarios de naturaleza salarial (p. ej., horas extra, comisiones, bonificaciones salariales). Se excluyen reintegros de gastos y partidas no salariales.

Fórmula: (Total devengado de naturaleza salarial del 1 dic al 30 nov) ÷ 12
Tip: Usa la calculadora oficial del MTSS para estimar tu aguinaldo. Abrir calculadora del MTSS.

Plazo de pago y deducciones

  • Plazo: Debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre.
  • Deducciones: No se aplican retenciones regulares ni cargas al aguinaldo; solo procede la pensión alimentaria ordenada judicialmente.

Casos proporcionales y terminación

  • Si la persona laboró menos de 12 meses dentro del período legal, se paga el proporcional según tiempo efectivamente laborado.
  • En caso de terminación antes de diciembre, el empleador debe cancelar el aguinaldo proporcional acumulado a la fecha de salida.

Ejemplos de nómina (cálculo rápido)

  • Salario fijo mensual: Si el total devengado en la ventana legal fue ₡4.800.000 → aguinaldo = ₡4.800.000 ÷ 12 = ₡400.000.
  • Salario variable: Suma horas extra y comisiones de naturaleza salarial al total del periodo antes de dividir entre 12.

Si no se paga o se paga incompleto

La persona trabajadora puede denunciar ante el Ministerio de Trabajo (MTSS) en línea o presencialmente. Cada diciembre el MTSS realiza campañas y habilita formularios y horarios de atención.

Recursos oficiales y relacionados:

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la ventana legal de cálculo?
Del 1 de diciembre del año anterior al 30 de noviembre del año en curso. Suma las partidas salariales y divide entre 12.
¿Cuál es la fecha límite de pago?
20 de diciembre de cada año.
¿Qué rubros se incluyen en la base?
Salario ordinario y partidas extraordinarias de naturaleza salarial (horas extra, comisiones y bonificaciones salariales). Se excluyen reembolsos y partidas no salariales.
¿Tiene retenciones o impuestos?
No se aplican retenciones regulares al aguinaldo; solo procede la deducción por pensión alimentaria cuando exista orden judicial.
¿Qué pasa si ingresé a mitad de año o salí antes de diciembre?
Corresponde el proporcional por el tiempo efectivamente laborado dentro de la ventana legal; en la terminación debe cancelarse lo acumulado.

Habla con nuestros abogados laborales

¿Necesitas ayuda para calcular el aguinaldo, auditar insumos de nómina o resolver un conflicto? Nuestro equipo laboral asesora a empresas y personas trabajadoras y gestiona trámites ante el MTSS.

SOLICITAR UNA CONSULTA

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal o fiscal. Confirma requisitos vigentes con tu abogado.

Artículos