Testamento en Costa Rica: Guía 2025 Definitiva para Redactarlo y Ejecutarlo (Notarial y Judicial)
Planificar por escrito tu herencia evita disputas, reduce costos y acorta tiempos. En esta guía encontrarás tipos de testamento, requisitos, costos en colones, impuestos de traspaso, paso a paso para sucesorio notarial y judicial, errores comunes, checklist para otorgarlo, y un FAQ extenso. Incluimos enlaces útiles al Registro Nacional y al Poder Judicial.
- ¿Qué es un testamento?
- Beneficios de hacer testamento
- Tipos de testamento (abierto, cerrado y especiales)
- Requisitos formales y capacidad
- Checklist y documentos necesarios
- Costos, impuestos y plazos
- Proceso sucesorio notarial (paso a paso)
- Proceso sucesorio judicial (paso a paso)
- Errores comunes y cómo evitarlos
- Alternativas y planificación patrimonial
- Glosario esencial
- Preguntas frecuentes
- Habla con un abogado de AG Legal
Autor: AG Legal Costa Rica • Revisión: Equipo de Derecho Notarial y Sucesorio • Actualizado: Sep 17, 2025
¿Qué es un testamento?
El testamento es un acto jurídico unilateral, personalísimo y revocable por el cual una persona con capacidad dispone el destino de sus bienes y designa figuras como el albacea (administrador de la herencia) y eventuales legatarios. Su función es ordenar la sucesión y reducir la conflictividad al dejar reglas claras por escrito.
Un punto clave: siempre debe abrirse un proceso sucesorio (testamentario o legítimo), haya o no testamento. El testamento facilita y agiliza la ejecución, pero no la sustituye.
Beneficios de hacer testamento
- Prevención de conflictos: define herederos, legados, sustituciones y reglas de reparto.
- Ahorro de tiempo y dinero: al existir instrucciones claras, se acorta el trámite y disminuyen costos potenciales.
- Protección de menores/personas vulnerables: puedes establecer previsiones y designaciones de tutela.
- Flexibilidad: es revocable mientras el testador conserve capacidad.
- Continuidad patrimonial: permite planificar transmisión de empresas, acciones y bienes complejos.
Tipos de testamento en Costa Rica
1) Testamento abierto (auténtico)
Se otorga ante notario público con intervención de testigos. Es la modalidad más utilizada por su seguridad jurídica y porque acelera la ejecución. Reglas frecuentes:
- Si el testamento se imprime en el protocolo: suelen requerirse 3 testigos.
- Si el testador lo escribe de su puño y letra para su transcripción: por lo general 2 testigos.
- Puede incluir legados específicos, condiciones, sustituciones y nombramiento de albacea.
2) Testamento cerrado
El contenido se mantiene reservado. El testador firma un documento y lo entrega al notario en sobre sellado para constancia en protocolo. Tras el fallecimiento, se abre judicialmente para verificar su validez formal antes de ejecutarlo.
Se recomienda solo si la confidencialidad es prioritaria; el trámite suele ser más lento por la apertura judicial.
3) Supuestos especiales (privados/ológrafos)
En casos extraordinarios se puede otorgar ante testigos sin notario (privado/ológrafo). Como advertencia, estos formatos tienden a ser más impugnados porque requieren probar autenticidad y capacidad, por lo que no son recomendables para planificación patrimonial ordinaria.
Requisitos formales y capacidad
- Capacidad: ser mayor de edad y encontrarse en pleno uso de facultades al otorgar.
- Voluntad libre e informada (sin coacciones, error o engaño).
- Identificación del testador y datos de contacto.
- Intervención notarial y testigos según modalidad.
- Respeto a la legítima hereditaria: porción mínima protegida para ciertos parientes (consulta profesional en tu caso concreto).
- Albacea (titular y suplente recomendado) y reglas de administración.
- Revocación/modificación: posible en cualquier momento mediante nuevo testamento o revocatoria expresa.
Checklist y documentos necesarios
- Lista de bienes (inmuebles, vehículos, cuentas, inversiones, acciones, muebles de valor).
- Identificación de herederos y legatarios (datos básicos y parentesco).
- Definición de porciones, legados y sustituciones (qué pasa si alguien no puede o no quiere heredar).
- Elección de albacea (funciones, plazo y remuneración o exoneración).
- Reglas especiales para empresas familiares o bienes indivisibles (uso, venta, tanteo, usufructo).
- Instrucciones sobre deudas y gastos funerarios.
- Designaciones de tutela y previsiones para personas menores o con discapacidad.
Costos, impuestos y plazos
El costo de otorgar un testamento abierto suele rondar los ₡120.000 – ₡130.000 (incluye honorarios notariales y timbres básicos). Para ejecutar la herencia, considera además impuestos y gastos del sucesorio:
Concepto | Rango orientativo | Notas |
---|---|---|
Otorgamiento de testamento | ₡120.000 – ₡130.000 | Arancel notarial + timbres. |
Impuesto de traspaso de inmuebles | 1,5% del valor | Se paga al inscribir adjudicaciones. |
Impuesto por traspaso de vehículos | 2,5% del valor fiscal | Según tabla fiscal vigente. |
Publicación de edictos (judicial) | USD $60 – $200 | Medio y número de publicaciones. |
Sucesorio notarial (sin conflictos) | USD $300 – $900 | Depende de bienes y acuerdos. |
Sucesorio judicial (con conflictos/menores) | USD $1.000 – $3.000+ | Complejidad y duración del juicio. |
Plazos estimativos
- Sucesorio notarial: ~ 3–9 meses (si todos son mayores/capaces y hay acuerdo).
- Sucesorio judicial: ~ 12–24+ meses (según carga de despacho y complejidad).
Nota: Los rangos son orientativos; cada caso debe evaluarse según bienes, avalúos, edictos y eventuales objeciones.
Proceso sucesorio notarial (paso a paso)
- Verificación de supuestos: todos los herederos son mayores y capaces, hay acuerdo total y no existe controversia.
- Recolección de documentos: certificado de defunción, identificaciones, testamento y certificaciones del Registro Nacional.
- Apertura del expediente notarial y acta de interesados.
- Inventario y avalúo de activos y pasivos.
- Proyecto de partición y adjudicaciones con consentimiento unánime.
- Protocolización e inscripciones en los registros correspondientes (inmuebles, vehículos, mercantil).
- Cierre y entrega de testimonios a herederos/legatarios.
Proceso sucesorio judicial (paso a paso)
- Presentación de la solicitud (testamentaria o intestada) ante el Juzgado civil competente.
- Admisión y edictos (plazo para que terceros se apersonen).
- Declaratoria de herederos y reconocimiento de legatarios.
- Designación de albacea y rendición de inventario (activos/pasivos).
- Proyecto de partición (acuerdo o resolución del Juzgado si hay oposición).
- Adjudicaciones y órdenes de inscripción en el Registro Nacional.
- Cierre y archivo del proceso.
Errores comunes y cómo evitarlos
- Ignorar la legítima: disponer sin considerar porciones protegidas puede generar impugnaciones.
- No designar albacea o suplente: retrasa la administración de la herencia.
- Usar formatos privados sin asesoría: aumenta el riesgo de nulidad por fallas de forma o prueba.
- No prever bienes indivisibles: viviendas, empresas o vehículos requieren reglas claras de uso/venta.
- Omisión de deudas: las deudas se heredan; es clave inventariarlas para evitar sorpresas.
- No actualizar el testamento: matrimonios, nacimientos o ventas de bienes justifican revisiones periódicas.
Alternativas y planificación patrimonial
Además del testamento, existen herramientas que pueden complementar o, en ciertos objetivos, sustituirlo parcialmente:
- Donación (con o sin usufructo): transfiere la nuda propiedad hoy y reserva el uso; implica perder dominio desde ya.
- Fideicomiso testamentario o en vida: útil para administrar activos y proteger beneficiarios con reglas a medida.
- Estructuras societarias y acuerdos de socios: para continuidad de empresas familiares.
Cada alternativa tiene implicaciones en impuestos, control y riesgos. La elección debe alinearse con tus objetivos patrimoniales y familiares.
Glosario esencial
- Albacea: administrador de la herencia durante el proceso sucesorio.
- Legado: atribución de un bien específico a favor de una persona.
- Legítima: porción mínima de la herencia reservada por ley a ciertos familiares.
- Inventario: listado de activos y pasivos del causante.
- Partición: distribución y adjudicación de los bienes entre herederos/legatarios.
Preguntas frecuentes sobre testamento en Costa Rica
- ¿Hacer testamento evita abrir un proceso sucesorio?
- No. El testamento no sustituye el sucesorio; lo facilita y acelera al dejar instrucciones claras.
- ¿Cuál conviene más: abierto o cerrado?
- El abierto suele ser más ágil para ejecutar. El cerrado mantiene reserva pero debe abrirse judicialmente.
- ¿Cuánto cuesta otorgar un testamento?
- Aproximadamente ₡120.000 – ₡130.000, según arancel notarial y timbres.
- ¿Qué impuestos aplican al adjudicar bienes?
- Inmuebles: 1,5% de traspaso. Vehículos: 2,5% del valor fiscal. Además, timbres/derechos registrales.
- ¿Cuándo procede el sucesorio notarial?
- Cuando todos los herederos son mayores y capaces y existe acuerdo sobre la partición.
- ¿Qué pasa si hay menores o desacuerdo entre herederos?
- Debe acudirse a la vía judicial. El juez tutela derechos y resuelve controversias.
- ¿Se puede anular un testamento?
- Un testamento con formalidades correctas es difícil de anular, pero puede impugnarse si hay vicios (falta de testigos, incapacidad, coacción, etc.).
- ¿Puedo modificar o revocar mi testamento?
- Sí. Es revocable; lo habitual es otorgar uno nuevo que deje sin efecto el anterior.
- ¿Qué ocurre con las deudas?
- Se integran como pasivo del inventario y se satisfacen con los bienes de la herencia antes de repartir.
- ¿Conviene hacer testamento si tengo pocos bienes?
- Sí. Reduce costos, evita disputas y da certeza sobre tus deseos.
Habla con un abogado de AG Legal
¿Quieres redactar tu testamento o necesitas abrir una sucesión? Nuestro equipo te acompaña de principio a fin.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. Verifica requisitos y costos vigentes con tu abogado y, de ser necesario, con el Registro Nacional.