El “Marchamo” es una cancelación obligatoria de seguro para vehículos, que se paga una vez al año al Instituto Nacional de Seguros (INS). Es un requisito indispensable para que todo conductor pueda circular por las carreteras en Costa Rica y se le llama también “derecho de circulación”. El cobro del marchamo inicia el 1o de noviembre de cada año, siendo la fecha límite para realizar su pago el 31 de diciembre.

Es importante recalcar que un vehículo que circula sin el marchamo al día, si es detenido por un oficial de Tránsito, se le aplicará una multa de ¢51.000 y se expone al retiro del vehículo de circulación. Además, el I.N.S. le impone una sanción por cada día que se atrase en el pago.

El monto por pagar del marchamo se calcula con base en tres elementos: devaluación del vehículo (tasa de depreciación anual del 10%), inflación acumulada en el último año (12,13%) y cambio en la carga tributaria (0%) aplicada a los vehículos. Según esta fórmula, para el año 2023, la flotilla vehicular tendrá un incremento de 2,13% en el valor fiscal, lo que significa que el impuesto a la propiedad de estos vehículos crecerá con respecto al del año anterior.

Entre los requisitos para poder realizar el pago del marchamo correspondiente esta: 1. Tener la cédula de identidad de la persona que vaya a realizar el pago (de no tener este documento de identificación, el ciudadano debe presentar la cédula de residencia o el pasaporte). 2. Certificado de revisión técnica aprobada y vigente. En caso de que no sea así, puede pagar el marchamo, y una vez que tenga la revisión técnica aprobada, puede retirar el “sticker” o comprobante de pago que se adhiere al parabrisas del vehículo. 3. Número de placa del vehículo. 4. Datos de identificación del dueño del vehículo.

Tenga en cuenta que es un pago que se debe de hacer todos los años, si usted es propietario de vehículos que circulen en el territorio costarricense.