Obligaciones fiscales sociedades inactivas Costa Rica 2026

Obligaciones Legales y Fiscales de las Sociedades Inactivas en Costa Rica (Actualizado 2026)

Por AG Legal · Actualizado 2026

Resumen rápido: Desde la Reforma Fiscal del 2018, las sociedades inactivas en Costa Rica pasaron de ser simples vehículos para resguardar bienes a convertirse en contribuyentes obligados. Para 2026, toda sociedad inactiva debe cumplir con cinco obligaciones: D-140, Impuesto a Personas Jurídicas, Timbre de Educación y Cultura, declaración UBO y el formulario D-101.

Históricamente, las sociedades inactivas fueron una herramienta muy utilizada para proteger activos, administrar bienes familiares o estructurar inversiones sin necesidad de operar comercialmente. Estas entidades no generaban renta y, por tanto, estaban exentas de la mayoría de obligaciones tributarias.

Con la entrada en vigor de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, el panorama cambió radicalmente. Hoy las sociedades inactivas están sujetas a un régimen de transparencia y deben reportar información financiera, patrimonial y societaria ante diferentes autoridades.

A continuación, se presenta la guía completa y actualizada al 2026 sobre las responsabilidades legales y fiscales de una sociedad inactiva en Costa Rica.

Índice

  1. ¿Qué es una sociedad inactiva?
  2. Cómo cambió la regulación con la Reforma Fiscal 2018
  3. Obligaciones fiscales obligatorias para 2026
  4. Tabla de vencimientos 2026
  5. Sanciones por incumplimiento
  6. ¿Por qué trabajar con AG Legal?
  7. Preguntas frecuentes

¿Qué es una sociedad inactiva?

Una sociedad inactiva es una persona jurídica que no realiza actividades económicas que generen renta de fuente costarricense. Su uso más común incluye:

  • Tenencia de propiedades
  • Protección patrimonial
  • Planificación hereditaria
  • Administración de inversiones familiares
  • Propiedad de activos personales

Aunque no genera ingresos, la ley exige que reporte información tributaria y societaria.

Impacto de la Reforma Fiscal 2018 sobre las sociedades inactivas

La Reforma Fiscal convirtió a las sociedades inactivas en sujetos obligatorios ante la Administración Tributaria. Esto se debe a tres objetivos principales:

  • Mayor transparencia en la propiedad de activos
  • Control del incremento patrimonial no justificado
  • Prevención de estructuras utilizadas para evasión o fraude

Desde entonces, toda sociedad inactiva debe cumplir cinco requerimientos anuales clave.

Obligaciones fiscales para sociedades inactivas en 2026

1. Formulario D-140 (Actualización del Registro Único Tributario)

Debe presentarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la constitución. Incluye:

  • Domicilio fiscal
  • Representante(s) legal(es)
  • Código de actividad económica: 960113

Su omisión conlleva sanciones económicas.

2. Impuesto a las Personas Jurídicas

Se paga anualmente durante enero. Para sociedades inactivas el monto es fijo y puede cancelarse mediante cualquier plataforma bancaria nacional.

3. Timbre de Educación y Cultura

Se paga entre febrero y marzo de cada año. El cálculo se basa en el patrimonio neto declarado en el D-101 del año anterior.

4. Declaración de Beneficiarios Finales (UBO)

Debe presentarse cada abril en la plataforma del Banco Central de Costa Rica. Permite identificar a la persona física que posee o controla la sociedad.

Consecuencias del incumplimiento:

  • Multas económicas
  • Imposibilidad de inscribir documentos en el Registro Nacional
  • No emisión de personería jurídica ni certificaciones

5. Declaración D-101 (Impuesto sobre la Renta – Sociedades Inactivas)

Aunque la sociedad no genera ingresos, debe declarar:

  • Activos
  • Pasivos
  • Patrimonio

Este formulario es fundamental porque se utiliza como base para otros impuestos y para verificar incrementos patrimoniales no justificados.

Tabla de vencimientos 2026 (Referencia rápida)

Obligación Vencimiento
Formulario D-140 Dentro de los 10 días hábiles posteriores a la constitución
Impuesto a Personas Jurídicas 31 de enero
Timbre de Educación y Cultura Febrero – Marzo
Declaración UBO 30 de abril
Declaración D-101 15 de marzo

Sanciones por incumplimiento

  • Multas elevadas por omisión o mora
  • Intereses y recargos
  • Imposibilidad de inscribir actos en el Registro Nacional
  • Auditorías por incrementos patrimoniales no justificados
  • Incluso: disolución judicial por incumplimientos graves y reiterados

Mantener una sociedad inactiva en regla es esencial, incluso si solo posee una propiedad o un vehículo.

En AG Legal acompañamos a inversionistas, extranjeros, familias y empresas que administran sociedades inactivas en Costa Rica. Nuestro equipo se encarga de:

  • Presentación de D-140
  • Elaboración y presentación del D-101
  • Declaración de beneficiarios finales (UBO)
  • Revisión anual de cumplimiento fiscal
  • Gestión corporativa y actualizaciones en Registro Nacional

Nos aseguramos de que su sociedad esté al día y libre de sanciones.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Las sociedades inactivas pagan impuesto sobre la renta?

No. Deben presentar el D-101, pero no pagan impuesto sobre la renta al no generar ingresos de fuente costarricense.

¿Una sociedad inactiva puede tener propiedades?

Sí. La tenencia de bienes es el uso más común.

¿Qué pasa si no presento la declaración UBO?

Se aplican multas y se bloquean trámites en el Registro Nacional, incluyendo la emisión de personería jurídica.

¿El D-140 se presenta solo una vez?

Sí, salvo que cambien el domicilio fiscal, representantes o actividad económica.

Responsabilidades Tributarias en Costa Rica: Guía Empresarial

Responsabilidades Tributarias en Costa Rica para Personas Jurídicas

Constituir una sociedad en Costa Rica conlleva responsabilidades tributarias anuales y mensuales ante la Dirección General de Tributación, municipalidades y otros entes estatales. A continuación, presentamos un resumen práctico de los principales impuestos, declaraciones y fechas que todo contribuyente debe cumplir para evitar sanciones, multas y otros.



🧾 Resumen de Obligaciones por Tipo de Sociedad

🔹 Sociedades activas

  • Declarar y pagar Impuesto sobre la Renta.

  • Estar inscritas en el Registro Único Tributario.

  • Emitir facturas electrónicas si desarrollan actividad económica.

  • Declarar beneficiarios finales ante el Banco Central de Costa Rica.

  • Pagar el impuesto a las personas jurídicas.

🔹 Sociedades inactivas

  • Declarar su condición ante Hacienda mediante formulario simplificado.

  • Pagar impuesto a las personas jurídicas (aunque no operen).

  • Presentar beneficiarios finales.

  • Mantener información societaria actualizada en libros legales y Registro Nacional.

Si desea consultar el estado como contribuyente en Hacieda, lo puede consultar en este link: Consulta Contribuyentes Hacienda


💰 Impuestos Más Relevantes

🏢 Impuesto a las Personas Jurídicas

  • Aplica a: Sociedades inscritas en Costa Rica, activas e inactivas.

  • Pago: 31 de enero de cada año.

  • Monto: Varía según ingresos brutos anuales (según escalas establecidas por ley).

  • Sanción por no pagar: Disolución automática tras 3 años sin pago.

💼 Impuesto sobre la Renta;

  • Aplica a: Toda persona física o jurídica con ingresos de fuente costarricense.

  • Declaración: 15 de marzo posterior al cierre fiscal.

  • Se debe presentar la declaración (Formulario D-101).

  • Multas e intereses aplican en caso de mora por el período fiscal no declarado.

Si desea conocer los principales pasos para crear una sociedad, puede verlo acá: Negocio en Costa Rica 10 pasos


📋 Otras Responsabilidades Tributarias en Costa Rica – AG Legal

Registro de Beneficiarios Finales

Responsable: Representante legal

Nota clave: Registro obligatorio en la plataforma del Banco Central.

Sanción por omisión: Hasta 3 salarios base.

Declaración y Pago de Bienes Inmuebles

Responsable: Representante legal

Nota clave: La municipalidad recauda el impuesto según la ubicación de los bienes.

Libros Contables y Registros

Responsable: Sociedad activa

Nota clave: Mantener información actualizada para fiscalización.

Declaración del IVA

Responsable: Empresas con actividad económica

Frecuencia: Mensual o trimestral según el régimen.


✅ Checklist Tributario Esencial – AG Legal

Utiliza este checklist para asegurarte que cumples con tus obligaciones tributarias clave. Marca cada punto a medida que lo completes.

 

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🔍
1. Elige y revisa el nombre de la empresa

Elige un nombre original y haz consultas en Personas Jurídicas y Propiedad Intelectual. El Notario suele guiarte e incluso puedes presentar 3 opciones.
🏢
2. Decide el tipo de sociedad (S.A. o S.R.L.)

Ambas requieren mínimo dos socios y la inscripción en el Registro Mercantil. Más detalle: Sociedades en Costa Rica.
👤
3. Designa representante legal

Él o ella tiene poderes judiciales y extrajudiciales. Si no reside en CR, se recomienda un apoderado local. La empresa debe estar al día con CCSS y Hacienda.
📝
4. Inscríbete en el Ministerio de Hacienda (ATV/RUT)

Debes registrarte como contribuyente en ATV en los 10 días siguientes a iniciar operación (o 10 días tras inscripción si es inactiva).
💼
5. Cumple con obligaciones fiscales

Presenta y paga IVA, renta, timbres, listas y reportes según el calendario fiscal costarricense.
🏦
6. Abre una cuenta bancaria empresarial

Presenta personería, identificación, proyección financiera y estatutos. Si el titular no está en CR, puede nombrar a un apoderado.
🏢
7. Obtén permisos municipales y de salud

Consigue Uso de Suelo, Permiso Sanitario de Funcionamiento y la Patente Comercial. Al día con la CCSS es requisito para los trámites.
🩺
8. Inscríbete como patrono en la CCSS

Da cobertura de salud a tus empleados. Aportes: Patrono 26.67%, Trabajador 10.67%; total 37.34% del salario bruto.
⚖️
9. Contrata el Seguro de Riesgos de Trabajo

Es obligatorio y lo otorga el INS. Se paga mensual y se reporta la planilla para protección legal de todos los empleados.
🚀
10. (Opcional) Registra tu PYME

Si calificas, regístrate en el MEIC y obtén beneficios fiscales y apoyo comercial para pequeñas y medianas empresas.

Obligaciones tributarias anuales y mensuales

  1. 01 al 15 de enero: Declaración del Impuesto solidario para Programas de Vivienda.
  2. 01 enero – 28 febrero: Resumen anual de retenciones, clientes, proveedores y gastos.
  3. Primeros 15 días de cada mes: IVA, ganancias y pérdidas de capital, rentas inmobiliarias, retenciones varias.
  4. 31 de enero: Impuesto a las personas jurídicas.
  5. 15 de marzo: Declaración de Renta y patente municipal.
  6. 31 marzo: Timbre de Educación y Cultura.
  7. 30 abril: Personas Jurídicas Inactivas informativas.
  8. 30 de junio: Registro de transparencia de beneficiarios finales.
  9. Pagos parciales de renta: I: 6 meses tras cierre, II y III en trimestres siguientes.

Tabla de aportes a la CCSS (Ejemplo)

Patrono Trabajador Total
PORCENTAJES 26.67% 10.67% 37.34%

Ejemplo: Empleado con salario bruto ¢700,000. Rebaja: ¢74,690 (trabajador) + ¢186,690 (patrono) = ¢261,340 total a CCSS.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto demora registrar una empresa?

El proceso puede tardar desde una semana hasta 8, según la velocidad de trámites y documentos.

¿Y para registrar marca o nombre comercial?

Solicítalo ante el Registro Público de la Propiedad Intelectual para proteger tu marca.

¿Puede un extranjero abrir empresa?

Sí, con pasaporte vigente y acompañamiento notarial.

¿Por qué emprender en Costa Rica?

Costa Rica tiene un ambiente comercial dinámico y seguro, con oportunidades para nacionales y extranjeros. Adaptar estos pasos es la clave para tu éxito emprendedor.
¡Será un gusto ayudarte en tu proceso empresarial! 🚀

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El Delito Tributario en Costa Rica

 ¿Cuándo una omisión tributaria se transforma en delito fiscal en Costa Rica?

La legislación tributaria costarricense regula tanto el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales como las sanciones por incumplimiento. Aunque su objetivo no es castigar al contribuyente, existen mecanismos para sancionar y reparar daños antes de implicar responsabilidades penales.

⚖️ Normativa aplicable en Costa Rica

El Código de Normas y Procedimientos Tributarios distingue entre infracciones administrativas y delitos tributarios. Las primeras son sancionadas por la administración tributaria con multas o cierres de negocio. Los delitos, en cambio, se persiguen penalmente y pueden implicar pena de prisión.

📌 Tipos de infracciones tributarias

  • Omisión de declarar inscripción o modificación ante Hacienda.
  • No presentar declaraciones tributarias.
  • Demora en el pago de tributos.
  • No emisión de facturas cuando corresponde.

🚨 Tipos de delitos tributarios

  • Uso indebido o acceso no autorizado a sistemas de información tributaria (Art. 95).
  • Facilitación de claves de acceso (Art. 96).
  • Responsabilidad penal de funcionarios que favorezcan incumplimientos (Art. 98 bis).
  • Fraude fiscal: evasión superior a 500 salarios base (Art. 92).

💰 ¿Qué monto se considera delito?

Para que aplique el delito fiscal, la evasión debe exceder el equivalente a 500 salarios base mensuales del Oficinista 1 (actualmente ¢462,200 por salario base, equivalente a ¢231 millones). Se trata exclusivamente del monto evadido, sin incluir intereses o multas.

🛠️ ¿Qué ocurre si se repara el daño antes de intervención oficial?

El artículo 92 del mismo código establece que si el contribuyente repara su incumplimiento sin requerimiento previo de Hacienda, puede evitar el proceso penal y una posible condena —siempre que se haga antes de una actuación oficial.

❗ Penas y consecuencias

El fraude fiscal con monto mayor a 500 salarios base puede implicar de 5 a 10 años de prisión. Acciones como acceso indebido a sistemas o negligencia culposa también llevan penas de 1 a 5 años, además de inhabilitación profesional y sanciones administrativas.

🔍 Recomendaciones para evitar problemas fiscales

  • Declare y pague sus impuestos puntualmente.
  • Use sistemas autorizados para acceder a información tributaria.
  • Corrija errores antes de ser requerido por Hacienda.
  • Consulte asesoría legal en caso de dudas sobre su situación tributaria.

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Nuestro equipo legal especializado le guía en cumplimiento fiscal, correcciones voluntarias y defensa penal tributaria.

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Aspectos del Impuesto a las Personas Jurídicas Ley N°9428

 

📄 Impuesto a Personas Jurídicas en Costa Rica: Tarifas, Plazos, Sanciones y Exoneraciones

Todas las sociedades, sucursales extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas en el Registro Nacional deben pagar el Impuesto a Personas Jurídicas. En esta guía detallamos quiénes deben pagarlo, cómo calcularlo, sanciones por incumplimiento y exoneraciones disponibles.

📅 Obligación y plazos de pago

  • El impuesto corresponde al período fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre.
  • Las entidades ya inscritas deben pagarlo dentro de los primeros 30 días naturales posteriores al 1° de enero.
  • Las nuevas entidades deben pagarlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la presentación de la escritura de constitución.
  • El monto a pagar se ajusta proporcionalmente al tiempo restante del año fiscal.

💰 Tarifas aplicables (según ingresos previos)

  • No inscrito en el RUT: 15% de un salario base mensual.
  • Ingresos < 120 salarios base: 25% de salario base.
  • Ingresos entre 120–280 salarios base: 30% de salario base.
  • Ingresos ≥ 280 salarios base: 50% de salario base.

⚠️ Responsabilidad y consecuencias por incumplimiento

  • Los representantes legales son solidariamente responsables.
  • Registro Nacional no certifica ni inscribe documentos si hay deuda pendiente.
  • No pueden contratar con el Estado ni instituciones públicas.
  • La deuda genera hipoteca o prenda legal preferente sobre activos.
  • Tres años de incumplimiento implica disolución automática de la entidad.

🧾 Exoneraciones y excepciones al impuesto

Están exoneradas las micro y pequeñas empresas productivas registradas ante MEIC y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en MAG, siempre y cuando estén inscritos ante Hacienda.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Quiénes están sujetos al impuesto?

Todas las sociedades mercantiles, sucursales extranjeras y empresas individuales inscritas en el Registro de Personas Jurídicas.

¿Qué sucede si no se paga el impuesto puntual?

El Registro no hará inscripciones ni certificaciones, no podrá contratar con entidades públicas y tras tres años de morosidad se procede con la disolución legal del ente.

¿Se puede deducir este impuesto de la renta?

No. No es deducible ni compensable con otros impuestos.

¿Qué tasa aplica si declaro ingresos altos?

Para ingresos ≥ 280 salarios base, se paga el 50% de un salario base mensual.

¿Conflictos por este impuesto o necesita asesoría?

En AG Legal ofrecemos asesoría tributaria y representación legal para el cumplimiento y gestión del Impuesto a Personas Jurídicas.

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