Registro de Accionistas: Guía para Empresas | AG Legal

🧾 Registro de Accionistas en Costa Rica: Guía Completa para Cumplir con el RTBF

El Registro de Accionistas en Costa Rica, también conocido como el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), es una obligación legal para todas las personas jurídicas constituidas en el país. Esta medida tiene como objetivo mejorar la transparencia fiscal, combatir el lavado de dinero y fortalecer la seguridad jurídica.

Este artículo está diseñado para responder a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes e inversionistas, y ayudarte a cumplir correctamente con esta exigencia legal.


📌 ¿Qué es el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales?

El RTBF es una plataforma digital gestionada por el Banco Central de Costa Rica, donde las empresas deben reportar quiénes son sus accionistas y beneficiarios finales. Esta obligación se establece en la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal Ley N° 9416.

Para presentar la declaración, se debe ingresar a la plataforma Central Directo.


🏢 ¿Quiénes deben presentar la declaración del RTBF?

Están obligados a cumplir con el RTBF las siguientes estructuras jurídicas registradas ante el Registro Nacional:

  • Sociedades Anónimas (S.A.)
  • Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
  • Sucursales de sociedades extranjeras
  • Sociedades en nombre colectivo y en comandita
  • Fideicomisos y organizaciones sin fines de lucro

📌 Incluso las sociedades inactivas deben presentar la declaración anual.

Si necesitas más información sobre cómo constituir una sociedad mercantil en Costa Rica, consulta nuestra guía actualizada sobre Sociedades en Costa Rica.


📅 ¿Cuándo se debe presentar la declaración en 2025?

La declaración ordinaria debe realizarse todos los años en el mes de abril. Para el año 2025, el plazo venció el 30 de abril.

También se debe presentar una declaración extraordinaria cuando:

  • Se inscribe una nueva sociedad: dentro de los primeros 20 días hábiles.
  • Existen cambios en la estructura accionaria: dentro de los 15 días hábiles posteriores al cambio.

⚠️ Sanciones por incumplimiento del Registro de Accionistas

El no presentar esta declaración dentro del plazo establecido conlleva importantes sanciones, entre ellas:

  • Multa del 2% de los ingresos brutos del período fiscal anterior.
  • Monto mínimo: 3 salarios base (~₡1.430.000).
  • Monto máximo: 100 salarios base.
  • Imposibilidad de emitir certificaciones de personería jurídica.
  • Restricción para inscribir actos o contratos en el Registro Nacional.

Te recomendamos visitar nuestra sección de servicios para conocer cómo podemos ayudarte a evitar sanciones.


🛡️ ¿Cómo puede ayudarte AG Legal?

En AG Legal, ofrecemos asesoría legal completa para el cumplimiento del RTBF y otras obligaciones corporativas en Costa Rica:

  • Revisión legal de la estructura accionaria.
  • Preparación de la declaración ordinaria y extraordinaria.
  • Asistencia en la obtención y uso de la firma digital.
  • Representación legal para clientes en el exterior.

Contamos con un equipo bilingüe especializado en derecho corporativo, fiscal y cumplimiento normativo.

¿Necesita ayuda experta para cumplir con el Registro de Accionistas?

Nuestro equipo legal especializado le guía en cada paso para cumplir con esta obligación y evitar sanciones. Reciba asesoría personalizada hoy mismo.

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Reforma a la Razón Social en Costa Rica

📌 Razón Social en Costa Rica: Lo Que Debe Saber Tras la Reforma 2025

Se elimina la posibilidad de incluir una razón social en Costa Rica para la constitución de sociedades anónimas (S.A.) y sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.).

Al momento de inscribir nuevas sociedades mercantiles, el Registro Nacional ahora asignará únicamente el número de cédula jurídica, ya no habrá uso de nombres (razón social) para identificarlas.

Rige a partir del 30 de mayo de 2025, día que fue publicada la Ley 10729.


✅ ¿Por qué se eliminó la razón social en Costa Rica?

Esta medida busca agilizar el proceso de constitución y evitar rechazos por nombres repetidos. Según el Proyecto de Ley 23.810, la razón social había perdido funcionalidad práctica y se convirtió en un obstáculo más que en un recurso distintivo.


🔄 Cambios principales antes y después de la reforma

🔙 Antes 🔜 Ahora
Era opcional registrar una razón social. (nombre de sociedad) No se acepta indicar razón social para constituir S.A. o S.R.L.
Debía ser única y no repetida. La empresa se identifica por su cédula jurídica.
Se requería publicación en La Gaceta. No se requiere publicación de edicto en La Gaceta.
No es necesario reservar nombre previamente.

Ahora en lugar del nombre de su sociedad, debe registrar su nombre comercial, siendo esta la forma correcta de proteger la propiedad intelectual ante terceros, trámite en que AG Legal cuenta con un Departamento Especializado.


📄 ¿Debo registrar mi marca en lugar de la razón social en Costa Rica?

Sí. Aunque la razón social en Costa Rica ya no es posible registrarla, el registro de un nombre comercial es altamente recomendable.

Beneficios del nombre comercial:

  • Distingue su empresa en el mercado.
  • Protege legalmente su identidad corporativa.
  • Evita el uso indebido por terceros.
  • Facilita el posicionamiento de marca.

📢 ¿Debe publicarse edicto en La Gaceta?

No. De acuerdo con el artículo 92 del Reglamento del Registro de Personas Jurídicas, al utilizarse la cédula jurídica como identificador oficial, ya no se exige la publicación de edicto al constituir sociedades sin nombre.

✅ Esto reduce costos y acelera el trámite.


⚠ ¿Quiénes sí deben usar razón social?

  • Entidades reguladas por leyes especiales (como las supervisadas por SUGEF).
  • Sucursales de sociedades extranjeras según los artículos 226–233 del Código de Comercio.

📂 Documentos emitidos antes de la reforma

Las sociedades inscritas antes del 30 de mayo de 2025 seguirán usando la razón social registrada sin problemas.


🧾 ¿Qué sucede con plataformas como Trámite Ya?

Se espera que plataformas gubernamentales como Trámite Ya y CrearEmpresa actualicen sus formularios para eliminar el campo de razón social. Hasta entonces, se debe verificar cada formulario y seguir las directrices del Registro Nacional.


💬 Publicación Oficial en La Gaceta Ley 10729

Acá se encuentra la publicación oficial de la Ley 10729, ver su alcance del día : Publicación Oficial Ley 10729


🛡 Recomendaciones legales para empresarios

  • Registrar un nombre comercial ante Propiedad Intelectual.
  • Incluir “S.A.” o “S.R.L.” en todos los documentos legales.
  • Evitar publicar en La Gaceta si no es necesario.

Consultar si su giro comercial requiere razón social en Costa Rica por ley especial.

¿Necesita asesoría experta para adaptarse a la reforma de razón social?

Nuestro equipo legal especializado en Costa Rica le acompaña para proteger su marca comercial y asegurar el cumplimiento normativo según la Ley 10729.

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Correo Electrónico en Sociedades: Ley 10.597 Costa Rica 2025

📬 Obligación Legal de Inscribir el Correo Electrónico para Sociedades Mercantiles en Costa Rica (Ley 10.597)

El correo electrónico en sociedades mercantiles como implementación de la Ley N.° 10.597 para, junto con la Directriz DPJ-002-2025, introduce un cambio fundamental en el sistema registral costarricense: todas las sociedades mercantiles deberán registrar un correo electrónico oficial para recibir notificaciones legales y administrativas.

Fecha de entrada en vigor: 4 de junio de 2025

Esta disposición fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta N.° 98 del 30 de mayo de 2025 y aplica tanto para nuevas sociedades como para aquellas ya inscritas ante el Registro Nacional.


✅ ¿Qué Establece la Ley 10.597?

La nueva ley establece el uso obligatorio del correo electrónico como medio de notificación oficial para todas las sociedades mercantiles en Costa Rica. Este cambio busca digitalizar y modernizar los procesos registrales, mejorar la eficiencia y reducir la dependencia de trámites presenciales o físicos.

Puede acceder a la Ley en este enlace: Ley 10597 Sinalevi


🏢 Sociedades de Nueva Constitución: Requisito Inmediato

A partir del 4 de junio de 2025, toda escritura de constitución de una sociedad mercantil deberá incluir una dirección de correo electrónico válida.

⚠️ Omisión del correo electrónico = defecto registral. El Registro Nacional no inscribirá la sociedad si se omite este requisito.


🗂️ Sociedades Ya Inscritas: Plazo hasta Junio de 2026

Las sociedades mercantiles ya existentes tendrán un plazo de un año (hasta el 4 de junio de 2026) para registrar su correo electrónico mediante alguno de los siguientes mecanismos:

  • Escritura pública ante Notario firmada por el representante legal o apoderado general.
  • Celebrar una Asamblea de Socios en libros de la sociedad y proceder a su protocolización para que sea inscrita por un Notario.

Publicación Obligatoria en La Gaceta

Como esta modificación afecta el pacto social, será necesario realizar la publicación del edicto correspondiente, ya sea por escritura pública o protocolización.


❌ Eliminación del Agente Residente

La figura del agente residente queda eliminada con esta reforma. Incluirlo en una inscripción posterior al 4 de junio de 2025 será considerado un defecto registral.


💰 Exoneración de Timbres y Derechos

Si la única modificación es la inclusión del correo electrónico, no se deben pagar timbres ni derechos registrales.

En caso de otras reformas adicionales, sí se aplicarán los impuestos correspondientes.


🛡️ Responsabilidad Sobre el Correo Electrónico en Sociedades

  • El correo será capturado exactamente como aparece en el documento notarial.
  • El solicitante es responsable por su exactitud y operatividad.
  • Se aceptan símbolos, números y abreviaciones según las normas funcionales del correo electrónico.

❗ ¿Qué Pasa Si No Se Registra el Correo Electrónico?

A partir del 5 de junio de 2026, cualquier sociedad que no haya inscrito su correo electrónico verá rechazadas todas sus gestiones registrales hasta que regularice la situación.

Esta medida puede afectar trámites como modificaciones sociales, nombramientos, ceses o inscripciones de apoderados.


📝 Recomendaciones para Inscribir Correctamente el Correo Electrónico

Antes de presentar su documentación al Registro de Personas Jurídicas:

  1. Verifique la exactitud y funcionalidad del correo.
  2. Asegúrese de que el correo esté activo y sea accesible para los representantes legales.
  3. Incorpore en la escritura una constancia expresa de que ese correo será utilizado para notificaciones legales, conforme a la Ley 10.597.
  4. Prevea futuras modificaciones, indicando el procedimiento legal en caso de cambio de correo.
  5. Corrija cualquier inexactitud registral mediante una nueva inscripción, si el error se debe a terceros como notarios, autoridades administrativas o judiciales.

🚀 El Correo electrónico en sociedades: Modernización Registral

Al cumplir esta obligación dentro del plazo establecido, las empresas evitarán rechazos, atrasos y costos innecesarios.

Si necesita mayor información sobre el tipo de sociedades en Costa Rica, puede verla acá: Sociedades en Costa Rica


🤝 AG Legal Puede Asistirle con el Correo Electrónico en Sociedades

En AG Legal, asesoramos a empresas e inversionistas nacionales e internacionales en:

  • Cumplimiento registral y societario
  • Inscripción de correo electrónico conforme a la Ley 10.597
  • Asesoría legal corporativa para operar en Costa Rica

📩 Contáctenos hoy para asegurar que su sociedad mercantil cumpla con esta nueva obligación sin contratiempos.

Correo electrónico: info@aglegal.com

Teléfono: 2257-0006

¿Necesita ayuda experta para cumplir con la obligación del correo electrónico?

Nuestro equipo legal especializado le brinda acompañamiento integral para garantizar el cumplimiento eficiente y sin contratiempos de esta nueva normativa.

Contacte a AG Legal Hoy

Negocio en Costa Rica. 10 Pasos para su Creación.

Negocio en Costa Rica: 10 pasos para su Creación

¿Tienes una idea de negocio? Descubre la ruta legal, fiscal y operativa para crear tu empresa en Costa Rica, paso a paso y sin errores.
Pasos legales y prácticos para abrir tu negocio

🔍
1. Elige y revisa el nombre de la empresa

Elige un nombre original y haz consultas en Personas Jurídicas y Propiedad Intelectual. El Notario suele guiarte e incluso puedes presentar 3 opciones.
🏢
2. Decide el tipo de sociedad (S.A. o S.R.L.)

Ambas requieren mínimo dos socios y la inscripción en el Registro Mercantil. Más detalle: Sociedades en Costa Rica.
👤
3. Designa representante legal

Él o ella tiene poderes judiciales y extrajudiciales. Si no reside en CR, se recomienda un apoderado local. La empresa debe estar al día con CCSS y Hacienda.
📝
4. Inscríbete en el Ministerio de Hacienda (ATV/RUT)

Debes registrarte como contribuyente en ATV en los 10 días siguientes a iniciar operación (o 10 días tras inscripción si es inactiva).
💼
5. Cumple con obligaciones fiscales

Presenta y paga IVA, renta, timbres, listas y reportes según el calendario fiscal costarricense.
🏦
6. Abre una cuenta bancaria empresarial

Presenta personería, identificación, proyección financiera y estatutos. Si el titular no está en CR, puede nombrar a un apoderado.
🏢
7. Obtén permisos municipales y de salud

Consigue Uso de Suelo, Permiso Sanitario de Funcionamiento y la Patente Comercial. Al día con la CCSS es requisito para los trámites.
🩺
8. Inscríbete como patrono en la CCSS

Da cobertura de salud a tus empleados. Aportes: Patrono 26.67%, Trabajador 10.67%; total 37.34% del salario bruto.
⚖️
9. Contrata el Seguro de Riesgos de Trabajo

Es obligatorio y lo otorga el INS. Se paga mensual y se reporta la planilla para protección legal de todos los empleados.
🚀
10. (Opcional) Registra tu PYME

Si calificas, regístrate en el MEIC y obtén beneficios fiscales y apoyo comercial para pequeñas y medianas empresas.

Obligaciones tributarias anuales y mensuales

  1. 01 al 15 de enero: Declaración del Impuesto solidario para Programas de Vivienda.
  2. 01 enero – 28 febrero: Resumen anual de retenciones, clientes, proveedores y gastos.
  3. Primeros 15 días de cada mes: IVA, ganancias y pérdidas de capital, rentas inmobiliarias, retenciones varias.
  4. 31 de enero: Impuesto a las personas jurídicas.
  5. 15 de marzo: Declaración de Renta y patente municipal.
  6. 31 marzo: Timbre de Educación y Cultura.
  7. 30 abril: Personas Jurídicas Inactivas informativas.
  8. 30 de junio: Registro de transparencia de beneficiarios finales.
  9. Pagos parciales de renta: I: 6 meses tras cierre, II y III en trimestres siguientes.

Tabla de aportes a la CCSS (Ejemplo)

Patrono Trabajador Total
PORCENTAJES 26.67% 10.67% 37.34%

Ejemplo: Empleado con salario bruto ¢700,000. Rebaja: ¢74,690 (trabajador) + ¢186,690 (patrono) = ¢261,340 total a CCSS.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto demora registrar una empresa?

El proceso puede tardar desde una semana hasta 8, según la velocidad de trámites y documentos.

¿Y para registrar marca o nombre comercial?

Solicítalo ante el Registro Público de la Propiedad Intelectual para proteger tu marca.

¿Puede un extranjero abrir empresa?

Sí, con pasaporte vigente y acompañamiento notarial.

¿Por qué emprender en Costa Rica?

Costa Rica tiene un ambiente comercial dinámico y seguro, con oportunidades para nacionales y extranjeros. Adaptar estos pasos es la clave para tu éxito emprendedor.
¡Será un gusto ayudarte en tu proceso empresarial! 🚀

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En AG Legal te ofrecemos un acompañamiento completo para que tu proceso sea ágil, seguro y sin complicaciones.

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Crear una Empresa en Costa Rica: 10 Pasos Clave.

Crear una Empresa en Costa Rica.

Ser un emprededor o comenzar un negocio en cualquier parte del mundo es un desafío, pero Costa Rica ofrece un entorno propicio para desarrollo del comercio. Te ayudaremos resumiendo los pasos, aclarando 10 preguntas esenciales y detallando los aspectos legales de constituir una empresa. Lo primero es: Definir el nombre de la empresa.

Pregunta 1: ¿Cómo escoger y verificar la disponibilidad del nombre para mi empresa?

Es crucial ser creativo para la invención del nombre de tu empresa ya que no puede ser similar a uno ya existente, por lo que se debe realizar una investigación donde normalmente el Notario Público te ayudará con varios pasos:

  1. Revisión en la Base de Datos del Registro Nacional: Que el nombre que deseas utilizar para tu empresa no esté siendo utilizado, se revisa la base de datos pública para revisar la disponibilidad. ¡Puedes indicar 3 opciones creativas, eso facilita mucho el proceso!
  2. Revisión en el Registro de Propiedad Intelectual: Que no hayan marcas registradas con el mismo nombre o similar en el Registro de Propiedad Intelectual.

Una vez que ya tenemos el nombre (Denominación Social), es esencial identificar el tipo de empresa que deseas crear, lo que nos lleva a preguntarnos:

Pregunta 2: ¿Qué es mejor la Sociedad Anónima o Sociedad de Responsabilidad Limitada?

Los dos tipos de sociedades más utilizadas en nuestro país son la Sociedad Anónima S.A. y la Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L., encualquiera de los dos casos, uno de sus requisitos establecidos por ley es contar con al menos dos socios y su vigencia inicia una vez inscrita en el Registro de Mercantil.

Te presentamos algunas diferencias entre la Sociedad Anónima y la Sociedad de Responsabilidad Limitada en el artículo desarrollado para este tema: sociedades en Costa Rica

Pregunta 3: ¿Qué es el representante legal de una empresa?

Es aquel miembro de la sociedad al que se le otorgo la facultad de actuar en nombre de la empresa, ejerciendo la representación judicial y extrajudicial. Si el representante legal no se encuentra en Costa Rica es recomendable que la empresa debe tener un apoderado local para mayor facilidad de sus gestiones.

Además, para poder actuar, deberá la empresa estar al día con las obligaciones ante la CCSS y el Ministerio de Hacienda, por ejemplo: el impuesto a personas jurídicas, sino, no podrá obtener certificaciones de personería jurídica, ni permisos municipales y los Bancos y/o demás Instituciones rechazarán los trámites que se presenten.

Pregunta 4: ¿Inscribirse en el Ministerio de Hacienda?

Para poder facturar, uno de los pasos más importantes es formalizar la operación mediante el formulario de inscripción al Registro Único de Contribuyente, ahora llamado Registro Único Tributario (RUT) para registrarte como contribuyente ante Tributación Directa.

Toda Persona Jurídica con actividad económica debe inscribirse dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que inicie su actividad u operación.

Las Personas Jurídicas Inactivas que no desarrollen actividad lucrativa tienen la obligación de inscribirse dentro de los 10 días hábiles posteriores a su inscripción.

El trámite de inscripción se hace por medio del portal de ATV (Administración Tributaria Virtual).

Pregunta 5: Guía de las obligaciones tributarias de las empresas en Costa Rica

LISTA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE UNA EMPRESA:

  1. 01 al 15 de enero: 
    • Declaración del Impuesto solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda.
  2. 01 de enero al 28 de febrero:
    • Declaración anual resumen de retenciones impuestos únicos y definitivos.
    • Declaración anual resumen de clientes, proveedores y gastos específicos.
  3. Primeros 15 días de cada mes:
    • Declaración del Impuesto al Valor Agregado- Sistema Tradicional.
    • Declaración de ganancias y pérdidas de capital.
    • Declaración del Impuesto de Rentas de Capital Inmobiliario.
    • Declaración de retenciones en la fuente por salarios, dietas, dividendos y remesas al exterior
  4. 31 de enero:
    •  Impuesto a las personas jurídicas
  5. 15 de marzo:
    • Declaración del Impuesto Sobre la Renta.
    • Formulario del impuesto municipal por concepto de Patentes.
  6. 31 marzo:
    • Timbre de Educación y Cultura.
  7. 30 abril:
    • Declaración Informativa de Personas Jurídicas Inactivas
  8. 30 de Junio: 
    • Registro de transparencia de beneficiarios finales
  9. Pagos Parciales del Impuesto Sobre la Renta:
    • I pago parcial: 6 meses después al cierre de periodo fiscal.
    • II Pago parcial: El trimestre siguiente al I pago parcial.
    • III Pago parcial: El trimestre siguiente al II pago parcial.

Pregunta 6: Cómo abrir una cuenta bancaria en Costa Rica.

Para abrir una cuenta empresarial, los Bancos en Costa Rica deben cumplir con las medidas anti-lavado, requerir documentos legales y demás, por lo que te compartimos la lista de requisitos para abrir una cuenta bancaria corporativa en Costa Rica:

  1. Certificación de Personería Jurídica con vista en el Capital Social: Se obtiene con si ya la empresa está inscrita, por medio de un Notario Público.
  2. Identificación del Representante Legal: Se aporta copia de la cédula o pasaporte el Representante Legal que firmará la apertura de cuenta, si éste no está en el país, puede otorgar un Poder Especial o Generalísimo para que un tercero pueda firmar los documentos necesarios.
  3. Proyección de Flujo de Caja: Es una certificación emitida por un Contador Público Autorizado sobre la proyección de flujo de dinero que tendrá la cuenta en el próximo año.
  4. Certificación de los Estatutos de la Sociedad: Se emite una certificación del acta de constitución de la empresa.

Pregunta 7: ¿Qué permisos se necesitan para abrir un Negocio en Costa Rica?

Si necesita iniciar un negocio en Costa Rica con una oficina o un local comercial, debe seguir los siguientes pasos:

1) Obtener el Uso de Suelo: certificación que emite la Municipalidad donde estará ubicado el local para saber si la actividad es permitida.

2) Obtener el Permiso Sanitario de Funcionamiento: Permiso ante el Ministerio de Salud.

3) Solicitar la Licencia de Patente Comercial Municipal, después de presentar los documentos y cumplir los requisitos legales de los pasos 1 y 2 anteriores, podrá obtener la patente comercial. Dentro de los requisitos por cumplir es que debe estar al día con las obligaciones como patrono ante la CCSS.

Pregunta 8: ¿Debo registrar mi empresa en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS)?

Como nuevo empresario, debe cumplir con el trámite de inscribirse como Patrono en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y reportar mensualmente la planilla para salvaguardar un seguro de salud de sus empleados facilitándoles el acceso a la atención médica oportuna, incapacidades y medicamentos, así como al Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM), y el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).

En el sistema costarricense, el patrono hace un aporte y el empleado hace otro aporte, el cual suma un 37,34% del salario.

¿Cuánto es el aporte del patrono a la CCSS?

Patrono Trabajador
PORCENTAJES TOTALES 26,67% 10,67% 37,34%

Es decir, si el empleado tiene un salario bruto mensual de ¢700,000, se le rebaja el 10,67% (¢74,690) de su salario recibiendo entonces ¢625,310 mensualmente; y el patrono aporta 26,67% del salario bruto (¢186,690) por lo que la empresa tendrá que pagarle mensualmente a la CCSS la suma de ambos montos por un total de ¢261,340.

Pregunta 9: ¿Qué es el Seguro de Riesgos de Trabajo?

Es el seguro que ofrece el INS (Instituto Nacional de Seguros) a los patronos para proteger a sus trabajadores ante los accidentes o enfermedades que puedan sufrir a consecuencia de la labor realizada.

Obligatoriamente todo patrono debe contar con este seguro reportando al mismo la planilla vigente de forma mensual, iniciando el día 26 de cada mes y se extiende hasta el cuarto día hábil del mes siguiente.

Pregunta 10: ¿Cómo crear una empresa PYMES en Costa Rica?

Dependiendo el tamaño de tu organización e ingresos puedes aprovechar los beneficios de incluir a tu empresa en el registro del Ministerio de Economía, Industria y comercio (MEIC) como PYME (pequeña y mediana empresa) y así aprovechar los beneficios fiscales y comerciales que ofrece.

Otras preguntas frecuentes:

¿Cuánto tiempo se tarda en registrar una empresa en Costa Rica?

El tiempo necesario para constituir una empresa es prácticamente una semana, pero generalmente su registro empresarial en todas las entidades para comenzar operaciones conlleva unas 8 semanas. La velocidad del proceso dependerá de la disponibilidad de los documentos requeridos y la eficiencia del trámite.

¿Cómo registrar una marca en Costa Rica?

Para registrar una marca en Costa Rica, debes presentar una solicitud ante el Registro Público de la Propiedad Intelectual.

El logo de tu empresa, tu producto, establecimiento o eslogan, se puede inscribir y esto garantizará que tu “marca” esté protegida legalmente ante terceros que quieran copiar tu idea, esto es igual de importante para el comerciante local como para el comercio electrónico ya que tus Redes Sociales y dominio web podrían verse afectados.

¿Puedo crear una empresa en Costa Rica siendo extranjero?

Si puedes crear una empresa siendo extranjero en Costa Rica, con el pasaporte vigente puedes formar una sociedad con alguna otra persona, sea costarricense o extranjero también.

Vale la pena tener una empresa en Costa Rica.

El cómo crear una empresa en Costa Rica puede ser un proceso desafiante pero gratificante ya que se cuenta  con un comercio dinámico gracias al turismo y la cultura costarricense que ayudan a promover su desarrollo.

Recuerda que cada negocio es único, por lo que es fundamental adaptar estos pasos a tus necesidades específicas y asegurarte de cumplir con todas las regulaciones y requisitos legales.

¡Será un gusto ayudarte en tu registro empresarial en Costa Rica! 🚀

Contáctanos: info@aglegal.com

Sociedades en Costa Rica

Sociedades Mercantiles en Costa Rica

Si usted es un inversionista o planea iniciar un negocio en Costa Rica, decidir qué tipo de sociedad mercantil puede necesitar es una pregunta crucial:

Tipos de sociedad mercantil en Costa Rica

  • La sociedad anónima (S.A.) (Sociedad Anónima)
  • La sociedad de responsabilidad limitada (LTDA. / S.R.L.)
  • La sociedad en nombre colectiva
  • La sociedad en comandita

Las sociedades mercantiles más utilizadas son las sociedades anónimas (S.A.) y sociedades de responsabilidad limitada (LTDA. – S.R.L.).

Decisiones previas a la constitución de una sociedad

  • ¿Cuál será la razón social? La inscripción de razón social fue eliminada a partir de mayo del 2025, ahora únicamente se identificará a las nuevas sociedades con un número de cédula jurídica asignado por el Registro Mercantil al momento de su constitución, si desea identificar su negocio por medio de un nombre deberá inscribir el “nombre comercial” en el Registro de Propiedad Intelectual para esa sociedad.
  • ¿Cuál será el capital social y la distribución de acciones? El monto disponible de capital, valor de las acciones y cómo se distribuirán entre los socios. El capital debe ser en colónes.
  • ¿Cuál será el domicilio social? Lugar designado para recibir comunicaciones y realizar reuniones.
  • ¿Cuál será el plazo social? Se debe determinar el número de años de duración; comúnmente 99 años.
  • ¿Quién representará a la corporación? Debe nombrarse un representante legal (generalmente Presidente o Gerente) con plenos poderes, aunque pueden nombrarse otros socios o no socios.
  • ¿Qué documentos son necesarios? Identificación completa de socios y representantes. Costarricenses: cédula de identidad. Extranjeros: residencia o pasaporte. La aceptación del cargo puede hacerse por carta.
  • ¿Aportar dirección de correo electrónico? Es obligatorio el registro de correo electrónico oficial de la sociedad, el cual, será utilizado como medio principal para notificaciones administrativas, judiciales y generales.

Proceso de Constitución de una sociedad mercantil

  1. Recurrir a un notario público para la redacción de los estatutos.
  2. Publicación de edicto en diario oficial.
  3. Pago de los costos correspondientes.
  4. Presentación de la solicitud ante el Registro de Personas Jurídicas, que asignará el número de cédula jurídica.

Sociedad Anónima (S.A.)

¿Cómo funciona una S.A.?

En Costa Rica, S.A. significa “Sociedad Anónima”, una entidad comercial similar a una corporación en Estados Unidos o Reino Unido. La principal ventaja es la responsabilidad limitada de los accionistas: solo responden hasta el monto de su inversión; los activos de la sociedad responden ante deudas.

Permite fácil transferencia de propiedad: las acciones pueden comprarse y venderse sin afectar la operación o requerir reestructuración. Las agencias y sucursales pueden establecerse dentro y fuera del país para todo tipo de negocios.

Es común en sectores como turismo, agricultura y bienes raíces. Es esencial consultar con un abogado para asegurar la mejor estructura.

La S.A. paga impuesto sobre la renta corporativo y debe declarar anualmente; la tasa máxima es 30% de utilidades. El principio territorial rige: sólo paga impuestos por rentas de fuente costarricense. IVA se paga mensualmente, el impuesto sobre renta es anual.

La administración es por Junta Directiva (mínimo Presidente, Secretario y Tesorero) y la supervisión la realiza un Fiscal.

Constitución de una S.A.

  • Se requieren mínimo dos accionistas; no puede registrarse el capital a nombre de una sola persona al inicio. Luego, es posible transferir todas las acciones a una sola persona tras inscripción.
  • Tres órganos: Asamblea de Accionistas (principal), Junta Directiva y Fiscalía.
  • Los accionistas pueden ser extranjeros; no se exige costarricense en la directiva.
  • Junta Directiva: mínimo tres miembros. Los cargos pueden renovarse.
  • Todo el proceso ante notario público y Registro Mercantil.

Ideal para negocios internacionales.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (LTDA – S.R.L.)

¿Qué es una Sociedad de Responsabilidad Limitada (LTDA.)?

También llamada S.R.L., es una sociedad usada por pequeñas y medianas empresas (PYMES). Es una persona jurídica independiente que protege a sus dueños con responsabilidad limitada: no responden personalmente a las deudas u obligaciones más allá de su inversión.

Su dirección recae en uno o más administradores (pueden ser socios o terceros). La administración es más sencilla que en una S.A. y requiere menos trámites. Son adecuados para todo tipo de negocios de menor escala.

Protección patrimonial similar a la S.A.; los cuotistas pueden ser personas físicas o jurídicas. Basta mínimo dos titulares de cuotas; el capital puede transferirse después a una sola persona. Basta un gerente (aunque puede haber subgerente).

Una vez constituida, la distribución de porcentajes debe emitirse por certificados de cuotas nominativas. Siempre debe respetarse el derecho de suscripción preferente de otros cuotistas en las transferencias.

Consultar con expertos legales y financieros garantiza cumplimiento y buena administración.

También es óptima para internacionalización.

¿Cómo funciona una LTDA.?

Permite cualquier tipo de negocio. Estructura pensada para empresas más pequeñas. El gerente (o subgerentes opcionales) representa legalmente a la sociedad con plenos poderes.

Constitución de una LTDA.

  • Mínimo dos titulares de cuotas (pueden ser personas físicas o jurídicas).
  • El capital se divide en cuotas iguales; cada titular se certifica nominativamente.
  • Las transferencias de cuotas requieren aprobación de la asamblea general y acuerdo formal de cesión, respetando derecho de preferencia.
  • En una sociedad anónima el capital social son acciones, aquí cuotas.

Diferencias entre una S.A. y una LTDA.

Aspecto Sociedad Anónima (S.A.) Sociedad de Responsabilidad Limitada (LTDA)
Organización y Gestión Junta Directiva con mínimo 3 miembros: Presidente, Secretario y Tesorero. Fiscal independiente vigila el correcto funcionamiento. Gestionada por Gerente (puede haber subgerentes); asamblea de cuotistas supervisa directamente.
Representación del Capital Social Capital social dividido en acciones nominativas, transferibles libremente por endoso. Capital dividido en cuotas; transferencias más restringidas y requieren aprobación de asamblea general.
Libros Legales Tres libros: Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas, Actas de Junta Directiva. Dos libros: Actas de Asambleas de Cuotistas, Registro de Cuotistas.
Supervisión Supervisión a cargo de un fiscal, independiente de la Junta Directiva. Autoinspección: la asamblea de cuotistas asume ese deber.

¿Necesita ayuda experta para constituir su empresa en Costa Rica?

Nuestro equipo legal especializado lo guía en cada paso para establecer su negocio, garantizando cumplimiento y éxito. Obtenga asesoría profesional a su medida.

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Atracción de inversiones fílmicas en Costa Rica

🎬 Ley para Atraer Inversiones Fílmicas a Costa Rica (Ley 10071)

Costa Rica continúa posicionándose como uno de los destinos más atractivos para la industria del cine y la televisión. Gracias a su exuberante biodiversidad, ambiente de negocios favorable y marco legal sólido, el país promueve activamente la inversión extranjera en producción audiovisual mediante la Ley N.° 10071.

Promulgada el 16 de noviembre de 2021 y publicada en La Gaceta N.° 239 del 13 de diciembre, esta ley declara de interés público la atracción de inversiones fílmicas, abriendo la puerta a una amplia gama de incentivos fiscales, migratorios y logísticos para productoras internacionales.


📽️ ¿Qué actividades están cubiertas?

La ley abarca un amplio espectro de actividades audiovisuales internacionales como:

  • Películas (corto, mediano y largometraje)
  • Series, documentales, telenovelas y programas de telerrealidad
  • Comerciales, videoclips, animación digital y videojuegos
  • Servicios de postproducción y piezas de mercadeo audiovisual

Para acceder a los beneficios, la producción debe realizarse total o parcialmente en Costa Rica, estar orientada al mercado internacional y generar encadenamientos productivos locales.


🎯 ¿Quiénes pueden aplicar y qué incentivos ofrece?

Los beneficiarios son personas físicas o jurídicas no domiciliadas en Costa Rica que produzcan o coproduzcan con empresas nacionales. Entre los principales incentivos destacan:

  • Exención del impuesto sobre la renta y remesas al exterior si la fuente no es costarricense
  • Suspensión temporal de tributos de importación
  • Exención de gravámenes por escenografía, vestuario y otros insumos
  • Reembolso del 90% del IVA en compras superiores a USD $500,000

🛂 Facilidades Migratorias para Equipos de Producción

La Ley 10071 otorga facilidades migratorias específicas para ingreso temporal de personal extranjero. Será posible gestionar visas o permisos laborales presentando:

  • Identidad y rol de cada integrante del equipo
  • Datos técnicos y logísticos del proyecto
  • Lista de locaciones, cronograma y documentación complementaria

Se aceptan diversos documentos físicos o digitales, incluso declaraciones juradas, como respaldo para agilizar los permisos.


🏞️ Filmación en Locaciones del Estado

La ley incentiva la filmación en espacios estatales como parques nacionales, reservas biológicas o patrimonio estatal. Se deberán tramitar permisos con gobiernos locales, quienes también podrán conceder exenciones.


📌 Recomendación Legal

Dada la complejidad técnica y regulatoria del proceso, se recomienda asesoría legal especializada para:

  • Validar los beneficios aplicables
  • Preparar contratos y documentación fiscal
  • Coordinar con Migración y Aduanas
  • Gestionar permisos municipales y de uso de locaciones

🎥 Conclusión: Oportunidad para la industria audiovisual global

La Ley 10071 posiciona a Costa Rica como un polo emergente para la producción audiovisual internacional, ofreciendo beneficios competitivos y facilidad operativa para grandes producciones. Es una oportunidad estratégica para empresas del sector que buscan escenarios naturales, seguridad jurídica y exoneraciones fiscales.

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Reinscripción de Sociedades Disueltas

📌 Ley 10255 Costa Rica: Reinscripción de Sociedades Disueltas

El martes 31 de mayo de 2022, se publicó en el Diario Oficial La Gaceta N.º 100 la Ley de Reinscripción de Sociedades Disueltas (Ley 10255), diseñada para facilitar la reactivación económica. Gracias a esta norma, sociedades disueltas pueden recuperar su personalidad jurídica y volver a operar legalmente.


✅ ¿Quiénes pueden solicitar la reinscripción?

Según la Ley 10255, las sociedades disueltas pueden solicitar reinscripción dentro de un plazo de **hasta 3 años desde la declaratoria de disolución**, siempre que se cumplan tres causas válidas:

  • Dissolución por impago del Impuesto a las Personas Jurídicas
  • Vencimiento del plazo conforme a la Ley N.º 9428
  • Vencimiento según lo indicado en el pacto constitutivo (art. 201 Código de Comercio)

📄 ¿Qué requisitos establece la ley?

Para proceder con la reinscripción ante el Registro de Personas Jurídicas, los representantes legales deben:

  • Solicitar reinscripción dentro del plazo de 3 años desde la disolución.
  • Pagar la obligación tributaria original junto con multas, sanciones e intereses.
  • Cumplir también con la Ley 9416 de lucha contra el fraude fiscal: presentar Registro de Accionistas y Beneficiarios Finales en un plazo máximo de 2 meses posteriores a la reinscripción (art. 7 bis de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas).

⚠️ Diferencia con la ley anterior (2017)

A diferencia de la norma anterior de 2017 (que solo permitió reinscripciones por morosidad hasta el 15 de diciembre de ese año), la **Ley 10255 no impone un límite de fecha de pago previo**, lo que amplía la posibilidad de reinscribir casi todas las sociedades disueltas que cumplan con los demás requisitos.

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Cómo abrir una cuenta bancaria en Costa Rica

🏦 Cómo Abrir una Cuenta Bancaria en Costa Rica: Guía para Inversionistas y Residentes

Todo inversionista necesita eventualmente abrir una cuenta de banco en Costa Rica. Aunque la ley faculta a los bancos para ofrecer este servicio con resguardo legal del dinero depositado, los requisitos aplican según perfil del cliente: persona física (costarricense o extranjera) o persona jurídica.

✅ Requisitos para Personas Físicas

  • Cedula costarricense o DIMEX/DIDI original según nacionalidad o estatus migratorio.
  • Pasaporte vigente con sello de ingreso para no residentes y visa si corresponde.
  • Firma del formulario “Conozca a Su Cliente”.
  • Documentación que demuestre el origen de los fondos.
  • Depósito inicial mínimo (¢50.000 colones / $500 USD / €100 EUR) y comprobante de ingresos mínimos (≈ $1,000 USD al mes)

✅ Requisitos para Personas Jurídicas

  • Certificación de personeros y facultades (notarial o registral reciente).
  • Certificación del capital social y registro de accionistas.
  • Documentos equivalentes para asociaciones, cooperativas o fundaciones.
  • Formulario “Conozca a Su Cliente” firmado.
  • Justificación del origen de fondos, excepto si ingresos son menores de $10,000 USD mensual
  • Estados financieros auditados o certificados por contador y representante legal.
  • Para nuevas empresas, proyección de flujo de caja actualizada en el primer año de operación.

🌍 ¿Puede un Extranjero No Residente Abrir Cuenta?

Sí, varios bancos como el Banco de Costa Rica (BCR) permiten apertura por no residentes con identificación (pasaporte), número de celular local y depósito mínimo, aunque aplican límites mensuales de transacciones (normalmente hasta $1,000 USD)

📌 Consejos Prácticos para Inversionistas

  • Entregá originales y copias de documentos; algunos bancos no aceptan digitales
  • Comprobá domicilio con servicios públicos o contrato de alquiler si tu banco lo requiere.
  • Solicitá referencias bancarias o laborales si tenés historial crediticio reciente.
  • Verificá si el banco permite cuentas duales (colones y dólares), ideal para inversionistas internacionales
  • Si tu perfil transaccional cambia o aumenta, actualizá tu documentación de respaldo.

📝 Resumen Requisitos BCR (Ejemplo Representativo)

  • Identificación vigente (cédula o DIMEX/pasaporte).
  • Depósito inicial: ¢50,000 / $500 / €100.
  • Ingresos mínimos: $1,000 USD o equivalente mensual.
  • Documentación del origen de fondos si ingresos superan $5,000 USD mensuales.
  • Copia certificada de escritura y capital social si es persona jurídica

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Aspectos del Impuesto a las Personas Jurídicas Ley N°9428

 

📄 Impuesto a Personas Jurídicas en Costa Rica: Tarifas, Plazos, Sanciones y Exoneraciones

Todas las sociedades, sucursales extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas en el Registro Nacional deben pagar el Impuesto a Personas Jurídicas. En esta guía detallamos quiénes deben pagarlo, cómo calcularlo, sanciones por incumplimiento y exoneraciones disponibles.

📅 Obligación y plazos de pago

  • El impuesto corresponde al período fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre.
  • Las entidades ya inscritas deben pagarlo dentro de los primeros 30 días naturales posteriores al 1° de enero.
  • Las nuevas entidades deben pagarlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la presentación de la escritura de constitución.
  • El monto a pagar se ajusta proporcionalmente al tiempo restante del año fiscal.

💰 Tarifas aplicables (según ingresos previos)

  • No inscrito en el RUT: 15% de un salario base mensual.
  • Ingresos < 120 salarios base: 25% de salario base.
  • Ingresos entre 120–280 salarios base: 30% de salario base.
  • Ingresos ≥ 280 salarios base: 50% de salario base.

⚠️ Responsabilidad y consecuencias por incumplimiento

  • Los representantes legales son solidariamente responsables.
  • Registro Nacional no certifica ni inscribe documentos si hay deuda pendiente.
  • No pueden contratar con el Estado ni instituciones públicas.
  • La deuda genera hipoteca o prenda legal preferente sobre activos.
  • Tres años de incumplimiento implica disolución automática de la entidad.

🧾 Exoneraciones y excepciones al impuesto

Están exoneradas las micro y pequeñas empresas productivas registradas ante MEIC y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en MAG, siempre y cuando estén inscritos ante Hacienda.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Quiénes están sujetos al impuesto?

Todas las sociedades mercantiles, sucursales extranjeras y empresas individuales inscritas en el Registro de Personas Jurídicas.

¿Qué sucede si no se paga el impuesto puntual?

El Registro no hará inscripciones ni certificaciones, no podrá contratar con entidades públicas y tras tres años de morosidad se procede con la disolución legal del ente.

¿Se puede deducir este impuesto de la renta?

No. No es deducible ni compensable con otros impuestos.

¿Qué tasa aplica si declaro ingresos altos?

Para ingresos ≥ 280 salarios base, se paga el 50% de un salario base mensual.

¿Conflictos por este impuesto o necesita asesoría?

En AG Legal ofrecemos asesoría tributaria y representación legal para el cumplimiento y gestión del Impuesto a Personas Jurídicas.

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Planificación Patrimonial mediante Fideicomiso Familiar


🛡️ Planificación Patrimonial en Costa Rica con Fideicomisos

Proteger el patrimonio familiar es una prioridad para quienes desean asegurar el futuro de sus seres queridos. En Costa Rica, el fideicomiso es un instrumento legal altamente eficaz para lograrlo, permitiendo no solo preservar activos sino también distribuirlos según las voluntades del fideicomitente.

📌 ¿Qué es un fideicomiso y cómo protege el patrimonio?

El fideicomiso es un contrato legal mediante el cual una persona —el fideicomitente— transfiere bienes o derechos a una entidad fiduciaria (fiduciario) para que los administre en beneficio de terceros (fideicomisarios). Esta estructura permite una separación legal del patrimonio, lo que lo hace inaccesible a embargos o demandas externas.

🔐 Ventajas legales del fideicomiso en Costa Rica

  • Evita procesos de sucesión lentos y costosos.
  • Protege los bienes ante deudas, litigios o conflictos familiares.
  • Permite planificar la entrega de activos en vida o tras el fallecimiento.
  • Ofrece confidencialidad y eficiencia en la gestión patrimonial.
  • Respaldo legal del artículo 634 del Código de Comercio de Costa Rica.

🌎 Fideicomisos utilizados por profesionales globales

Profesionales en Europa y América Latina —médicos, abogados, ingenieros, empresarios— emplean fideicomisos para proteger activos personales, herencias y propiedades. Existen múltiples tipos como fideicomisos testamentarios, de inversión o de administración, todos adaptables a cada necesidad familiar o empresarial.

📖 Preguntas frecuentes sobre fideicomisos en Costa Rica

¿Qué tipo de bienes puedo incluir en un fideicomiso?

Se pueden incluir inmuebles, inversiones, cuentas bancarias, derechos de propiedad intelectual, vehículos y más.

¿Puedo modificar un fideicomiso después de constituido?

Sí, dependiendo del tipo de fideicomiso, es posible incluir cláusulas de modificación, siempre que se mantenga el objetivo legal del contrato.

¿Cuál es la diferencia entre testamento y fideicomiso?

El testamento tiene efectos tras el fallecimiento. El fideicomiso puede operar desde la vida del titular, garantizando mayor protección y confidencialidad.

¿Quiere proteger su patrimonio familiar?

En AG Legal contamos con experiencia en planificación patrimonial, fideicomisos testamentarios y protección legal para familias y empresas en Costa Rica.


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