Despido sin responsabilidad patronal en Costa Rica (2026): Guía jurídica completa y actualizada
Por AG Legal · Actualizado 2026
• El despido sin responsabilidad patronal procede únicamente cuando existe una causal válida del Artículo 81 del Código de Trabajo.
• El patrono no paga preaviso ni cesantía, pero sí vacaciones pendientes, aguinaldo proporcional y salarios adeudados.
• El artículo 82 establece que, si el patrono no logra probar la causal, deberá pagar todas las prestaciones e incluso daños.
• Artículos 72, 74, 75, 76 y 78 del Código de Trabajo también influyen en la disciplina laboral.
• Las empresas deben contar con una Matriz Disciplinaria para aplicar sanciones proporcionales y evitar juicios.
• AG Legal asesora en cartas de despido, procesos disciplinarios y reglamentos internos.
Un gerente de Recursos Humanos recibe un informe urgente: un trabajador alteró documentación interna clave. La operación continúa, pero el riesgo legal aumenta. El equipo ejecutivo solicita una decisión inmediata, y la pregunta surge inevitablemente:
“¿Podemos despedir sin responsabilidad patronal… o necesitamos documentar más?”
Este escenario se replica a diario en empresas de todos los tamaños. En AG Legal atendemos decenas de consultas donde la clave no es solo interpretar el Código de Trabajo, sino aplicar correctamente los principios de proporcionalidad, tipicidad y debido proceso.
Este artículo es la guía jurídica más completa sobre el despido sin responsabilidad patronal en Costa Rica para 2026. Analiza los artículos centrales del Código de Trabajo, provee ejemplos reales, recomienda mejores prácticas empresariales y explica cómo ejecutar procesos disciplinarios sólidos.
Índice
- 1. ¿Qué es el despido sin responsabilidad patronal?
- 2. Artículo 81: Causales que justifican el despido
- 3. Artículo 72: Prohibiciones al trabajador
- 4. Suspensiones sin responsabilidad patronal (Arts. 74–78)
- 5. Artículo 82: Consecuencias de un despido sin prueba
- 6. Cómo redactar correctamente una carta de despido
- 7. Matriz disciplinaria: herramienta clave para empresas
- 8. Pagos que sí y no corresponden
- 9. Errores comunes de las empresas
- 10. Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es el despido sin responsabilidad patronal?
Es la terminación unilateral del contrato laboral en Costa Rica sin pago de preaviso ni auxilio de cesantía, cuando el trabajador incurre en una de las causales del Artículo 81 del Código de Trabajo.
Para que proceda:
- Debe existir una causal tipificada.
- Debe estar probada.
- Debe existir proporcionalidad entre la falta y el despido.
- Debe comunicarse adecuadamente, mediante carta escrita.
Cuando alguno de estos elementos falla, el patrono pierde el caso (según el Artículo 82).
2. Artículo 81 del Código de Trabajo: Causales que justifican el despido
El Artículo 81 establece las faltas graves que permiten un despido inmediato. No las transcribimos completas por su extensión, pero sí explicamos sus pilares:
Principales causales:
- Conducta inmoral, injurias, calumnias o agresiones contra el patrono o compañeros.
- Daños intencionales a maquinaria, equipos, información o propiedad del patrono.
- Revelación de secretos empresariales.
- Inobservancia grave de medidas de seguridad.
- Ausencias injustificadas (dos días consecutivos o alternos dentro del mismo mes).
- Desobediencia reiterada a órdenes legítimas.
- Falsificación de atestados o información.
- Sentencia en firme que implique prisión.
- Faltas graves a las obligaciones del contrato (cláusula abierta avalada por Sala Constitucional).
- Conductas discriminatorias (según reforma 2020–2021).
Es importante destacar que el numeral 81 inciso i) remite directamente a las prohibiciones del Artículo 72, descritas más adelante.
Puedes ver el código de trabajo oficial en el siguiente enlace:
🔗 Código de Trabajo Costa Rica oficial
3. Artículo 72: Prohibiciones al trabajador
El Artículo 72 describe conductas estrictamente prohibidas, entre ellas:
- Abandonar el trabajo sin causa o sin permiso.
- Hacer propaganda político-electoral durante la jornada.
- Trabajar en estado de embriaguez o bajo sustancias análogas.
- Usar herramientas para fines distintos a los laborales.
- Portar armas durante la jornada (salvo excepciones legales).
Estas faltas se sancionan mediante el Artículo 81 inciso i), que autoriza el despido cuando el trabajador reincide después de un apercibimiento previo.
4. Suspensiones sin responsabilidad patronal (Arts. 74–78)
Los artículos 74, 75, 76 y 78 del Código de Trabajo regulan situaciones donde el contrato puede suspenderse temporalmente sin responsabilidad para ninguna de las partes.
Suspensiones permitidas:
- Artículo 74: falta de materia prima, fuerza mayor, fallecimiento o incapacidad del patrono.
- Artículo 75: requisitos para solicitar la suspensión ante la Inspección de Trabajo.
- Artículo 76: durante la suspensión el patrono puede terminar contratos pagando todas las prestaciones.
- Artículo 78: suspensión por arresto o prisión preventiva que termine en absolución.
Estas normas no son causales de despido sin responsabilidad, pero sí son parte del análisis disciplinario y del manejo de ausencias.
5. Artículo 82: Consecuencias de despedir sin probar la causal
El Artículo 82 es clave: si el patrono no logra probar la causal del Artículo 81, el despido se considera injustificado.
El patrono debe pagar:
- Preaviso
- Auxilio de cesantía
- Vacaciones y aguinaldo
- Salarios caídos hasta la firmeza de la sentencia
Es uno de los artículos más contundentes de la ley laboral costarricense y el motivo por el que la correcta documentación es vital.
6. Cómo redactar una carta de despido válida
La carta debe ser clara, específica, factual y basada en pruebas. Una carta genérica casi siempre se pierde en juicio.
Debe incluir:
- Identificación del trabajador
- Descripción clara de los hechos
- Referencia explícita a la causal del Artículo 81
- Fechas, horas y circunstancias
- Indicación de que existen pruebas documentales
- Firma y sello del patrono
Ejemplo profesional:
“Con fundamento en el Artículo 81 inciso d) del Código de Trabajo, se le comunica su despido sin responsabilidad patronal debido a la alteración intencional de registros internos detectada el 15 de julio de 2026, comprobada mediante auditoría y respaldada por documentos internos.”
7. Matriz disciplinaria: herramienta esencial para empresas
Una de las mejores prácticas en derecho laboral es la creación de una Matriz Disciplinaria, que clasifica faltas según su gravedad y establece sanciones progresivas.
Beneficios:
- Evita arbitrariedad en sanciones.
- Da trazabilidad a los procesos disciplinarios.
- Reduce riesgos de discriminación o trato desigual.
- Fortalece juicios laborales a favor de la empresa.
- Permite demostrar proporcionalidad.
Si tu empresa no tiene una, AG Legal puede diseñarla junto con un reglamento disciplinario y un proceso de investigación ajustado a la ley.
8. Pagos que sí y no corresponden
En un despido sin responsabilidad patronal:
- No se pagan: preaviso ni auxilio de cesantía.
- Sí se pagan: vacaciones, aguinaldo proporcional, salarios pendientes.
Para calcular cesantía en despidos con responsabilidad podés usar nuestra herramienta:
🔗 Calculadora de cesantía AG Legal
9. Errores comunes de las empresas
- Despedir sin pruebas sólidas.
- No aplicar el principio de inmediatez.
- Omitir advertencias previas cuando la causal lo requiere.
- Cartas mal redactadas o ambiguas.
- No contar con una matriz disciplinaria.
- No documentar las investigaciones internas.
10. Preguntas frecuentes
¿Siempre debo dar una carta de despido?
Sí. Es un requisito indispensable en el despido sin responsabilidad patronal.
¿Puedo despedir por ausencias injustificadas?
Sí. El Artículo 81 establece que dos días consecutivos o varios alternos en el mes constituyen causal.
¿Qué pasa si no logro probar la causal?
El despido se considera injustificado y aplica lo señalado en el Artículo 82.
¿Debo aplicar sanciones previas?
Depende de la causal. Algunas requieren apercibimiento previo (como las del Artículo 72).
¿Puedo suspender al trabajador mientras investigo?
Sí, el reglamento interno puede contemplarlo dentro del debido proceso disciplinario.
¿Puedo despedir durante incapacidad?
Sí, siempre que la causal no esté relacionada con la incapacidad.
¿AG Legal prepara matrices disciplinarias?
Sí. Diseñamos políticas, procesos disciplinarios y cartas ajustadas al Código de Trabajo.